RECONOCIMIENTO

RECONOCIMIENTO

 El Reconocimiento es un acto voluntario emitido por el progenitor de un menor. Este documento permite otorgar al menor reconocido, sus apellidos y derechos de goce de todas las prerrogativas y franquicias que la Ley concede a los hijos reconocidos.

 Requisitos para la emisión de un Reconocimiento:

 

  • Certificado de nacimiento del menor

 

  • Documento de identidad del padre (Cédula de identidad o pasaporte)

 

  • Documento de identidad de la madre (Cédula de identidad o pasaporte)

 

  • Un cheque de 14€ (euros) a orden de “Consulat de Bolivie”

 

  • Documentos de identidad de 2 testigos (Portando sus cédulas de identidad o pasaportes originales y en curso para la firma)

 

Una vez depositados los documentos, llamar a la Embajada y tomar cita con el Encargado de la Sección Consular con 2 semanas de anticipación para venir a firmar el reconocimiento en compañía de los dos testigos (De cualquier nacionalidad) portando sus cédulas de identidad o pasaporte.

 

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