RECONOCIMIENTO
RECONOCIMIENTO
El Reconocimiento es un acto voluntario emitido por el progenitor de un menor. Este documento permite otorgar al menor reconocido, sus apellidos y derechos de goce de todas las prerrogativas y franquicias que la Ley concede a los hijos reconocidos.
Requisitos para la emisión de un Reconocimiento:
- Certificado de nacimiento del menor
- Documento de identidad del padre (Cédula de identidad o pasaporte)
- Documento de identidad de la madre (Cédula de identidad o pasaporte)
- Un cheque de 14€ (euros) a orden de “Consulat de Bolivie”
- Documentos de identidad de 2 testigos (Portando sus cédulas de identidad o pasaportes originales y en curso para la firma)
Una vez depositados los documentos, llamar a la Embajada y tomar cita con el Encargado de la Sección Consular con 2 semanas de anticipación para venir a firmar el reconocimiento en compañía de los dos testigos (De cualquier nacionalidad) portando sus cédulas de identidad o pasaporte.